En consecuencia, no demostrado los daños y su montol, debe declararse sin lugar la demanda, condenarse al pago de las costas a la demandante; y así se establece.
En fuerza de los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA: ...........................................................
PRIMERO: Sin lugar la demanda de Daños y Perjuicios conformados por daño emergente, lucro cesante, daño moral, el pago por concepto de arrendamiento incoada por el ciudadano Gustavo Tremont Vera en contra de la ciudadana Magali Garcia....................................................................................... SEGUNDO: De conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas a la parte demandada por haber resultado totalmente vencida.-
TERCERO: De conformidad con lo establecido en el artículo 248 ejusdem, se ordena dejar copia .....