Por todos los razonamientos anteriores éste Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR, la ACCION MERO DECLARATIVA DE RECONOCIMIENTO DE LA COMUNIDAD CONCUBINARIA, solicitada por la Ciudadana: LEIDA BEATRIZ PEREZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cedula de identidad Nro. V-9.928.269, de éste domicilio, de profesión Enfermera, debidamente asistida por el Abogado en ejercicio y de éste domicilio ANGEL ALBERTO RUIZ CHIRINO, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 100.540, por lo que se declara que la accionante era la concubina del De cujus: PEDRO EDICKSON MEDINA ARIAS, venezolano, soltero, mayor de edad, ex titular de la cedula de identidad Nº 7.477.789, quien falleció ab-intestato, en fecha 31 de Diciembre de 2.006, en el Policlínico de Valencia Estado Carabobo, .....