DISPOSITIVO DEL FALLO
En consecuencia este Juzgado Primero de Primera Instancia Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
¿ Primero: CON LUGAR la falta de cualidad de la ciudadana MARIA ALEXANDRA GARCÍA CARBALLO para sostener la presente demanda.
¿ Segundo: SIN LUGAR la pretensión que por TACHA DE DOCUMENTO, incoada la ciudadana MARIA ALEXANDRA GARCÍA CARBALLO en contra de la ciudadana GIUSEPPINA CACCAVO DE PIEPOLI.
¿ Tercero: De conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas a la parte demandante por haber resultado vencida.-
¿ Cuarto: De conformidad con el artículo 251, se ordena notificar a las partes.
¿ Quinto: De conformidad con lo pautado en el artículo 248 ejusdem, se ordena dejar copia certificada para el archivo.-
PUBLIQUESE, REGIST.....