En consecuencia este Juzgado Primero de Primera Instancia Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara;
1. CON LUGAR, la demanda de nulidad de asiento registral incoado por las ciudadanas Ángela Sabina Reyes de Saiz y Saida Coromoto Saiz Reyes en contra de la ciudadana Leyda Josefina Chirinos Miquilena ampliamente identificados en autos.
2. Se ordena remitir oficio con copia certificada de la presente decisión al Registro Subalterno del Municipio Colina del Estado Falcón, a los fines de que anule el asiento de fecha 24 de octubre de 2002, bajo el Nro. 19, folios del 136 al 140, del protocolo primero, cuatro trimestre, a nombre Leyda Josefina Chirinos Miquilena.
3. De conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas a la parte demandada.
4. De conformidad con lo establecido en .....