DISPOSITIVO
Este Tribunal Primero de Primera Instancia Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón Administrando Justicia y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
1. CON LUGAR, la solicitud de AMPARO CONSTITUCIONAL, incoada por el ciudadano FRANCISCO PARTIDA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 7.670.968, con domicilio en Dabajuro del Estado Falcón en contra de la COOPERATIVA DABAJURO, representada por el ciudadano JESUS PRIETO quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N-. 11.800.535, domiciliado en Dabajuro del Estado Falcón. Se ordena la restitución en su posición en la Cooperativa Dabajuro II de forma inmediata al ciudadano Francisco Partidas plenamente identificado en autos
2. De conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil se ordena dejar copia certificada para el archivo del tribunal.-
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