En fecha 22 de febrero de 2018, este Juzgado de Sustanciación dictó decisión con relación al escrito de pruebas promovido por el Abogado Carlos Reyes actuando con el carácter de Apoderado Judicial de la Sociedad Mercantil J & P CONSULTORES, C.A., y de la oposición ejercida por el Abogado César Farias actuando con el caracter de Apoderado Judicial de FOGADE, y al respecto declaró: CON LUGAR la prueba de informes promovida, e INADMISIBLE su oposición. Asimismo declaró, CON LUGAR la prueba de experticia e IMPROCEDENTE su oposición, ORDENÓ la notificación la PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA.