En fecha 29 de enero de 2020, este Juzgado de Sustanciación dicto sentencia mediante el cual declaró: 1. COMPETENTE el Juzgado Nacional Primero de lo Contencioso Administrativo para conocer de la presente causa; 2. ADMITIÓ la presente demanda; 3. ORDENÓ notificar al FISCAL GENERAL DE LA REPÚBLICA, a la SUPERINTENDENCIA NACIONAL. PARA LA DEFENSA DE LOS DERECHOS SOCIOECONÓMICOS (SUNDDE) y a la PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA; 4. INSTÓ a la parte demandante consigne los fotostatos requeridos para notificar al Procurador General de la República; 5. ORDENÓ solicitar el expediente administrativo de la presente causa a la SUPERINTENDENCIA NACIONAL. PARA LA DEFENSA DE LOS DERECHOS SOCIOECONÓMICOS (SUNDDE); 6. ORDENÓ remitir el presente expediente al Juzgado Nacional Primero de lo Contencioso Administrativo, una vez consten en autos las resultas de las notificaciones libradas, y haya transcurrido el lapso establecido en el artículo 36 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Admin.....