En mérito de las motivaciones precedentemente expuestas, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Penal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CONDENA al acusado FRANK ESTEBAN FUENTES, a cumplir la pena de DOCE (12) AÑO DE PRISIÓN, más las accesoria de Ley, por la comisión del delito de HOMICIDIO SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal, en perjuicio de quien en vida respondiera al nombre de JOSE CRISTOBAL FUENTES. SEGUNDO: Se exime del pago de las costas procesales al acusado, de conformidad con lo previsto en el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. TERCERO: Se MANTIENE la Medida Judicial Privativa de Libertad decretada en su oportunidad al acusado, quien fue detenido desde el 01 de Abril de 2010, hasta el 31 de Enero de 2011, verificándose que tiene privado de su libertad aproximadamente NUEVE (09) MESES, por lo que le faltarían po.....