DECISION
En mérito de los razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Penal en Función de Juicio constituido Mixto, en nombre de la República por autoridad de la Ley y conforme a lo establecido en el artículo 366 del Código Orgánico Procesal Penal dicta por los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Declara NO CULPABLE al acusado MIGUEL RAFAEL LEON ORDAZ, quien es Venezolano, nacido en fecha 23-03-1980, portador de la Cédula de Identidad Nº V-13.916.646, soltero, natural de Maturín Estado Monagas, hijo de Rafael Ordaz (v) y Elina León de Ordaz (v), de profesión u oficio Mecánico, como coautor de Robo Agravado de Vehículo Automotor previsto y sancionado en los artículos 5 y 6 numerales 2 y 3 de la Ley Sobre el Robo y Hurto de Vehículos Automotores en relación con el artículo 83 del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana María Alejandra Rodríguez Marín, en consecuencia decreta su ABSOLUCIÓN. SEGUNDO: Ordena LA LIBERTAD del ciudadano .....