Por todos los razonamientos expuestos, este Tribunal Cuarto de Juicio actuando en su carácter de Mixto, del Circuito Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA NO CULPABLE y ABSUELVE POR UNANIMIDAD a la ciudadana EUGLIS COROMOTO HERRERA, titular de la cédula de identidad Nº 10.664.136, Venezolana, Natural de Caicara del Orinoco Estado Bolívar, nacida en fecha 27 de Septiembre de 1975, de 33 años de edad, con Sexto Grado de instrucción básica, Estado Civil: Soltera, hijo de: Yulaida Betancourt (V) y de Cristóbal Herrera (V), domiciliado en Calle El Cerezo casa Nº 05 Punta de Mata Estado Monagas , por la comisión del delito de DISTRIBUCION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31, en su encabezamiento, de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, por considerar que del desarrollo del Debate no se demostró la respo.....