DECISION
Por las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Penal en función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, constituido Mixto en nombre de la República por autoridad de la Ley, conforme a lo establecido en el artículo 367 del Código Orgánico Procesal Penal POR UNANIMIDAD declara: CULPABLE al acusado JESUS ENRIQUE VILLAHERMOSA titular de la Cédula de Identidad Nº 20.422.708, por la comisión del delito de ROBO SIMPLE previsto y sancionado en el artículo 455 del Código Penal Vigente en perjuicio del ciudadano CARLOS JAVIER ARTEAGA GONZALEZ, En consecuencia lo CONDENA a cumplir la pena de Seis (06) años de Prisión mas las penas accesorias de ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 455 y 16 del Código Penal Vigente. SEGUNDO: Se estima que el tiempo de pena que le falta por cumplir al acusado es de Cuatro Años (04) y Nueve Meses (09) de prisión, en virtud que el mismo ha .....