DISPOSITIVA
Con todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, en función de Juicio, Constituido con Escabinos, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, por Unanimidad ABSUELVE a la ciudadana ANDREA MARIA RODRÍGUEZ ROJAS, quien es Venezolana, Natural Carúpano, Estado Sucre, de 27 años de edad, de profesión u oficio Estudiante de Medicina Integral, titular de la cédula de identidad Nº V-13.055.114, hijo de Andrea Rojas de Rodríguez (V) y Oswaldo Rodríguez García (V), domiciliado Carrera 3, del Silencio, Casa N° 87, Maturín Estado Monagas, de los delitos de ROBO AGRAVADO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 5 en relación con el artículo 6, numerales 1, 2, 3, 8 Y 10 de la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehículo, en relación con el artículo 83 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano Ángel Barreto,.-
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