DISPOSITIVA
Con todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, en función de Juicio, Constituido con Escabinos, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, por Unanimidad ABSUELVE al ciudadano JOSÉ GREGORIO ESPINOZA, quien es Venezolano, Natural Maturín, Estado Monagas, de 41 años de edad, de profesión u oficio Chofer, titular de la cédula de identidad Nº V-9.899.729, hijo de Graciela Espinoza (f) y Agustín García (V), domiciliado en el Manguito, casa S/N, San Antonio Estado Monagas, de los delitos de ROBO AGRAVADO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR Y APROVECHAMIENTO DE VEHÍCULOS PREVENIENTES DEL HURTO Y ROBO, previsto y sancionado en los artículos 5 en relación con el artículo 6, ordinales 1, 2, 3, 8 y 10 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículo y artículo 9 Ejusdem, en perjuicio del ciudadano Johan Alejandro González Me.....