Este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano ADOLFREDO RAMIREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad n° 14.622.856, contra la empresa ASOCIACIÓN COOPERATIVA INTEGRASUR, R.L.
SEGUNDO: se condena a la empresa la empresa ASOCIACIÓN COOPERATIVA INTEGRASUR, R.L., a pagar al demandante la cantidad de SESENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS TREINTA Y NUEVE BOLIVARES CON 69 CENTIMOS, (Bs 69.939,69), por los conceptos y cantidades discriminados en la parte motiva del presente fallo, más lo que resultare de la experticia complementaria del fallo.