Este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano CARLOS SILES, extranjero, mayor de edad, titular de la cédula de N° E-41.432.755, contra la empresa PROYECTOS Y CARRETERAS DE ORIENTE, C.A.(PROCDORCA).
SEGUNDO: se condena a la empresa la empresa PROYECTOS Y CARRETERAS DE ORIENTE, C.A.(PROCDORCA)., a pagar al demandante la cantidad de NOVENTA Y TRES MIL SETECIENTOS DOCE BOLIVARES CON 40 CENTIMOS (Bs 93.712,40), por los conceptos y cantidades discriminados en la parte motiva del presente fallo, más lo que resultare de la experticia complementaria del fallo.