Este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano JUAN VICENTE URAY, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de N° 10.837.876, en contra de la empresa INVERSIONES OCTAVIO RAFAEL RAMOS NOGUERA, F.P..
SEGUNDO: se condena a la empresa la empresa contra de la empresa INVERSIONES OCTAVIO RAFAEL RAMOS NOGUERA, F.P., a pagar al demandante la cantidad de OCHOCIENTOS SESENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS SESENTA Y TRES BOLIVARES CON 40 CENTIMOS (Bs. 863.363,40), por los conceptos y cantidades discriminados en la parte motiva del presente fallo, más lo que resultare de la experticia complementaria del fallo.