En Virtud de las razones antes expuestas, este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano NATIVIDAD FEBRES RAMOS, venezolano, mayor de edad, titular de las Cédulas de Identidad N 12.154.300, en calidad de heredera universal del ciudadano HENRY FEBRES, quien en vida fuera titular de la cédula de identidad N° 13.475.577 en contra de la accionada AGROPECUARIA LA PICA MONAGUERA.
SEGUNDO: se condena a la demandada AGROPECUARIA LA PICA MONAGUERA pagar al demandante la cantidad de DOCE MILLONES CUATROCIENTOS VEINTICUATRO MIL CIENTO ONCE BOLIVARES CON 00 CENTIMOS (Bs. 12.424.111,00), siendo su equivalente en Bs. F. 12.424,11, por los conceptos y cantidades discriminados en la parte motiva del presente fallo. En cuanto a los intereses y la correcc.....