La demandada conviene que ciertamente existió la relación de trabajo en las fechas alegadas por la trabajadora y con el salario y el cargo señalado por la demandante correspondiéndole los beneficios laborales de conformidad con la Ley Orgánica del Trabajo, la demandada ofrece como pago de sus prestaciones sociales y cesta tickets por vía de transacción, la suma definitiva de Bs. 16.250.000,00., a los fines de evitar juicios antes indicados, ofrecimiento este que es aceptado por la accionante, quien declara su conformidad con el mismo. A los fines del cumplimiento de esta transacción la parte demandada entregará cheques a nombre de la trabajadora, pagaderos en dos (2) cuotas a razón de Bs. 8.125.000,00 CADA UNO: El primer pago 06-07-2006, segundo pago 21-07-2006, cantidades estas que conforman Bs. 16.250.000,00.
Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el Artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal de.....