Por todos argumentos expuestos, este Juzgado Quinto de Primera Instancia sustanciación, Mediación Y Ejecución del Trabajo de La Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
Primero: La Falta de Jurisdicción para conocer este asunto, incoado por el ciudadana MORELLIS COROMOTO ACOSTA BOLIVAR, titular de la cédula de identidad N° 13.417.077, en contra de la Sociedad Mercantil BANCO FEDERAL C.A.
Segundo: Por cuanto en la presente causa se trata de reclamaciones derivadas de una relación laboral, este Tribunal aplicando analógicamente el artículo 76, literal d, del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, ordena notificar al FONDO DE GARANTÍA DE DEPÓSITOS Y PROTECCIÓN BANCARIA (FOGADE) de la presente causa.-
Tercero: Se ordena notificar a la Procuraduría General de la Republica de conformidad con lo establecido en el artículo 97 de Ley Orgánica de la Procuradurí.....