Este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, declara: Con Lugar la demanda de Acción Mero Declarativa de la Unión Estable de Hecho, bajo la figura de Concubinato incoada por la ciudadana Yury Lorena Crespo González, identificada en autos, en contra del ciudadano Jaime Enrique Túa Díaz, identificado en autos. En consecuencia, se declara la existencia de la Unión Estable de Hecho en su especie de Concubinato, con todos los efectos legales que esto implica, entre la ciudadana Yury Lorena Crespo González, identificada en autos, concubina del ciudadano Jaime Enrique Túa Díaz, identificado en autos, unión que se inició desde el trece (13) de octubre de 2011 hasta el día veintisiete (27) de febrero de 2016. Y así se decide.