Tomando en consideración todo lo expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: con lugar la demanda de Colocación Familiar presentada por la ciudadana Luz María Nelo, ya identificada, contra la ciudadana Christian Yulimar Nelo y por consiguiente, se le otorga la Responsabilidad de Crianza del adolescente (0mitido articulo 65 LOPNNA) quien será la responsable de él ante las personas naturales y jurídicas. El adolescente no dejará de tener contacto directo con su madre y con su padre. Asimismo, la madre y el padre no podrán eximirse de la responsabilidad que tienen con su hijo, por tanto, deben cumplir con la obligación de manutención y para ello, deben llegar a un acuerdo de manera espontánea y voluntaria, con la abuela paterna en cuanto al monto de dicha obligación.
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