Con fundamento en lo precedentemente expuesto, este Tribunal de Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Con lugar la presente acción de inquisición de paternidad incoada por los ciudadanos Maritza Escalona, Yacquelin Torrealba y Juan Vicente Torrealba, ya identificados, contra los ciudadanos Edilia Figueroa de Jara, José Manuel Jara Figueroa, Margarita Jara Figueroa y la adolescente (OMITIDO ARTICULO 65 LOPNNA), ya identificados. En consecuencia, se establece la filiación de los demandantes con respecto al causante José Manuel Jara Mesa, quien en vida fue titular de la cédula de identidad Nº E-742.693. Los demandantes se llamarán y deben tenerse como: Maritza Jara Escalona, Yacquelin Jara Torrealba y Juan Vicente Jara Torrealba, en todos los actos de sus vidas.....