UNICO: declara el SOBRESEIMIENTO por falta de requisitos esenciales para intentar la acusación fiscal tal y como lo dispone el artículo 28 numeral 4 literal "I" del Código Orgánico Procesal Penal, DECRETÁNDOSE en consecuencia el SOBRESEIMIENTO FORMAL DE LA CAUSA conforme a lo dispuesto en el artículo 34 numeral 4 del Ejusdem, en la causa seguida contra el ciudadano FRANCISCO SEGUNDO PEROZA CANELON, titular de la Cedula de Identidad Nº 17.133.743, por la presunta comisión del delito de (...), previsto y sancionado en el artículo 42 segundo aparte de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, otorgándosele 30 días al Ministerio Público para su subsanación. De igual manera por la naturaleza de los hechos objeto del presente asunto penal, esta Juzgadora deja vigente las medidas de protección y seguridad impuestas a favor de las víctimas, contenidas en el artículo 87 numerales 5 y 6 de la Ley orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de V.....