En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Control, Audiencias y Medidas Nº 01 en materia de Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve lo siguiente: PRIMERO: Se ADMITE la querella planteada por la ciudadana MARYBETH MENDOZA PINEDA, ya identificada, debidamente representada por la abogada LIGIA MARÍA GONZÁLEZ BRICEÑO, en contra del ciudadano FRANCISCO RAFAEL RIVAS GUZMAN, ya identificado, por la presunta comisión de los delitos de VIOLENCIA PSICOLÓGICA Y VIOLENCIA PATRIMONIAL Y ECONÓMICA, tipificado en los artículos 39 y 50 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. SEGUNDO: Se otorga a la víctima la cualidad de parte querellante en el presente asunto. TERCERO: Se acuerda remitir el presente asunto a la Fiscalía Superior del Estado Lara, a los fines de comisionar a un fiscal para el.....