DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto este Tribunal de Justicia de Género, de Control, Audiencias y Medidas Nº 2, del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA: PRIMERO: Califica la aprehensión en situación de flagrancia por encontrarse llenos los extremos del artículo 93 de la Ley Orgánica especial del ciudadano EDIXON JOSE OCANTO, cédula de identidad N° V-20.187.056: Se acuerda continuar el asunto por el procedimiento especial ordinario conforme al artículo 94 de la Ley Especial; TERCERO: Se impone al ciudadano EDIXON JOSE OCANTO, cédula de identidad N° V-20.187.056, las medidas de seguridad y protección previstas en los ordinales 5º y 6º del articulo 87, de conformidad con el ordinal 13º del mismo articulo igualmente se ordena asistir a un taller sobre violencia de género, declarando sin lugar la solicitud de arresto transitorio por 48 horas como medida cautelar sustitu.....