DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal de Primera Instancia en Función de Control, Audiencias y Medidas Nro. 2 con competencia en Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: PRIMERO: SE ADMITE totalmente la acusación presentada por el Fiscal Vigésimo del Ministerio Público en contra del ciudadano CARLOS EDUARDO DA SILVA PEÑA, titular de la cedula de identidad Nº 17.626.752, por la comisión del delito de VIOLENCIA FISICA previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Especial, en agravio de la ciudadana ADOLESCENTE (Identidad Omitida Conforme a lo dispuesto en el artÍculo 65 de la L.O.P.N.N.A.) , SEGUNDO: Se admiten parcialmente los medios de prueba ofrecidos por el Ministerio Público, por ser lícitas legales y pertinentes:. TERCERO: Se decreta la SUSPENSIÓN CONDICIONAL D.....