DISPOSITIVA:
Este Tribunal una vez oídas las exposiciones de las partes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide en los siguientes términos: PRIMERO: De conformidad con el artículo 313 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, al verificarse la violación del debido proceso y del derecho a la defensa, en consecuencia carece de uno de los requisitos de procedibilidad, de conformidad con el artículo 28, numeral 4, literal "e" del Código Orgánico Procesal Penal, no siendo subsanable tal obstáculo el Tribunal decreta el sobreseimiento formal de la presente causa a favor del ciudadano GREGORIO RAFAEL APOSTOL, (...)y PASTOR DANIEL COLMENARES APOSTOL, (...). SEGUNDO: Se decreta el cese de la condición de imputado y de cualquier medida que haya sido impuesta a los mencionados ciudadanos en relación al presente asunto penal. Provéase lo conducente. Remítase el presente asunto a la Fiscalia Tercera del Ministerio Público a l.....