DE LA APERTURA A JUICIO
Admitida como ha sido totalmente la Acusación presentada por la Fiscalía Tercera del Ministerio Público, en base a los elementos ya indicados, considerando que existen bases serias para el enjuiciamiento del acusado este Tribunal ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE LA LEY, ORDENA LA APERTURA DE LA PRESENTE CAUSA A JUICIO ORAL Y PUBLICO en contra del ciudadano JUVENAL MARIA JIMÉNEZ ALVARADO, titular de la cedula de identidad Nº 9.883.808, de 39 años de edad, grado de instrucción Bachiller, Divorciado, de oficio Técnico electricista, nació en fecha 22-05-1969, natural Yaritagua, Estado Yaracuy, residenciado Vía Duaca Romeral 2 vía principal hacia las tunas a lado de la agencia de lotería san Gabriel teléfono 016-651-33-92, en Barquisimeto, Estado Lara.
EMPLAZAMIENTO Y REMISIÓN
Se ordena el emplazamiento de las partes para que en plazo de cinco (05) días concu.....