DE LA APERTURA A JUICIO
Admitida como ha sido totalmente la Acusación presentada por la Fiscalía Tercera del Ministerio Público, en base a los elementos ya indicados, considerando que existen bases serias para el enjuiciamiento del acusado este Tribunal ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE LA LEY, ORDENA LA APERTURA DE LA PRESENTE CAUSA A JUICIO ORAL Y PUBLICO en contra del ciudadano GIMENEZ JORGE ANDRES, titular de la cedula de identidad Nº 11.882.366, de años de edad, grado de instrucción Primer año, Viudo, de oficio Albañil, nació en fecha 08-07-1971, natural Barquisimeto, Estado Lara, residenciado Carrera 12 calle 22 Barrio las tinajitas sector 3 parroquia Juan de Villegas teléfono 0426-8502477, en Barquisimeto, Estado Lara.
EMPLAZAMIENTO Y REMISIÓN
Se ordena el emplazamiento de las partes para que en plazo de cinco (05) días concurran ante el Juez de Juicio con competencia en .....