DISPOSITIVA
Por lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Control, Audiencias y Medidas Nº 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, conforme a lo establecido en el parágrafo único del artículo 79 de la Ley Orgánica Sobre el derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, otorga prorroga de quince (15) días a la Fiscalía Vigésima del Ministerio Público del Estado Lara, para la presentación del correspondiente acto conclusivo. Notifíquese a las partes sobre la decisión, emanase duplicado de la presente, a los fines de que repose en el copiador de decisiones del Tribunal.- Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho de este Tribunal en Barquisimeto, a los dieciséis 16 días del mes de Diciembre del año 2.008. Años 198º de la Independencia y 149º de la Federación. Regístrese, Publíquese y Cúmplase.
LA JUEZA DE CONTROL. AUDIENCIAS Y MEDIDAS Nº 2
Abg. DORELYS B.....