PRIMERO: en cuanto a la precalificación jurídica expuesta por el Ministerio Público, este tribunal se acoge al de (...), previsto y sancionado en el artículo 260 en relación con el 259 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño Niña y Adolescente, y la agravante del artículo 65 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. SEGUNDO: Se acuerda continuar con el procedimiento especial conforme al artículo 94 de la Ley Especial. TERCERO: Con respecto a la medida solicitada el Fiscal del Ministerio Público solicita Medida de Privación Preventiva de Libertad y la Defensa solicita Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, el Tribunal tomando en cuenta consideración lo establecido en los artículos 236, 237 y 238 del Código Orgánico Procesal Penal Vigente, en virtud de la existencia de un hecho punible que merece pena privativa de libertad y cuya acción penal no se encuentra evidentemente prescrita, fundados elementos de convicción para estimar la vincul.....