DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto este Tribunal de Justicia de Género, de Control, Audiencias y Medidas Nº 2, del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA: PRIMERO: No califica la aprehensión en situación de flagrancia por cuanto no se encuentran llenos los extremos del articulo 93, en virtud de la inspección realizada al lugar de residencia de la victima y del imputado no se encontró ningún elementos de interés criminalistico como el señalado por la víctima; SEGUNDO Se acuerda continuar con el procedimiento especial ordinario conforme al artículo 94 de la Ley Especial. TERCERA: Se decreta la libertad al ciudadano GAUDYS OMAR PEREZ, titular de la cedula de identidad Nº 7.304.501, de 54 años de edad, grado de instrucción 6º Grado, soltero, latonero de oficio, hijo de ALBERTINA PEREZ y RAFAEL ALVAREZ (AMBOS FALLECIDOS), fecha de nacimiento 20-06-1956, natural de AGU.....