DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto este Tribunal de Justicia de Género, de Control, Audiencias y Medidas Nº 2, del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA: PRIMERO: Vistas las exposiciones del Ministerio Publico y la Defensa, se declara con lugar la aprehensión en situación de flagrancia del imputado ciudadano ALFREDO JOSE ARROYO BORJAS, titular de la cedula de identidad Nº 18.105.600, plenamente identificado en el encabezado de la presente acta, de conformidad con el artículo 93 de la Ley la Ley Orgánica para el derecho de las Mujeres a una Vida libre de Violencia, acordando continuar el asunto por el procedimiento especial conforme al articulo 94 de SEGUNDO: Se ordena remitir copias certificadas del asunto al juez natural de la causa KP01-P-2007-8811; TERCERA: Se impone la medida cautelar sustitutiva de la privativa de libertad, consistente en arresto domiciliario .....