DISPOSITIVA
En atención a las precedentes consideraciones, este Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la HOMOLOGACIÒN de la transacción celebrada en la presente causa, en fecha, treinta (30) de Mayo del año en curso conforme se evidencia de la diligencia cursante a los folios 468 al 471 ambos inclusive planteado entre la parte accionante, abogado JESÚS JAVIER VELÁSQUEZ PALERMO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Número 45.942, en su condición de apoderado judicial de la ciudadana GLADIS MILDRED ZAMBRANO ATENCIO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Número 9.768.851 y domiciliada en la ciudad de Valencia del Estado Carabobo y los coaccionados, ciudadanos RONNY FALS MERCADO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Número 24.934......