-IV-
DISPOSITIVO
Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
ÚNICO: JUSTO TÍTULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD a favor del colectivo CONTRERAS LEAL, representado por la ciudadanas CLARISSA MERCEDES CONTRERAS LEAL y ANGÉLICA MARIA CONTRERAS LEAL, venezolanas, mayores de edad, portadoras de las cedulas de identidad números V-13.902.600 y V-15.141.253, respectivamente, ambas domiciliadas en el sector Carirubana, parroquia Carirubana del estado falcón, sobre las mejoras y bienhechurias fomentadas sobre un lote de terreno denominado "EL SAMAN", ubicado en el sector El 12, municipio Cacique Manaure del estado falcón, constante de una superficie aproximada de CIENTO CINCUENTA Y CINCO HECTÁREAS CON SEIS MIL QUINIENTOS TRECE METROS CUADRADOS. (155 Ha con 6513 M2), ...