PRIMERO: La nulidad de todo lo actuado en el presente juicio que por NULIDAD DE ACTA DE ASAMABLEA Y DAÑOS Y PERJUCIOS, interpuso el ciudadano JAIRO JESÚS RAMÍREZ PETIT, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad Nº V-5.381.409, en su carácter de Gerente General de la sociedad de comercio AGROINTEGRADA DEL CAMPO 2021, C.A. inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, bajo el Nº 10, Tomo 18-A, contra los ciudadanos ERWIN JOSÉ RINCÓN COHEN y GUSTAVO ADOLFO MORALES SILVA, venezolanos, mayores de edad, identificados con las cédulas de identidad Nº V-6.832.218 y V-9.126.995, respectivamente, en su condición de Gerente General y Director Gerente de la ya descrita sociedad; en consecuencia se REPONE LA CAUSA al estado de que el sujeto activo de la relación procesal adecue su acción al procedimiento Agrario. Así se decide.
SEGUNDO: Se revocan las medidas "preventiva de prohibición de enajenar y gravar, e innominada consistente.....