Por las razones anteriores este Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Falcón con sede en Tucacas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en la presente solicitud de MEDIDA CAUTELAR INNOMINADA DE PROTECCION A LA PRODUCCION AGROALIMENTARIA
de fecha once (11) de mayo del año 2023, peticionado por los Ciudadanos Abogados RAFAEL ALEJANDRO IBEDACA RIOS y ALBERYENS JOSE MORENO ARVELO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédula de Identidad Nº V- 14.821.576 y V-15.528.680, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los número 99.704 y 115.540, actuando como apoderados judiciales de la AGROPECUARIA LA PEÑA, C.A., debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil Primero del Estado Carabobo, en fecha 15 de Julio de 1987, inserto bajo el Nº 23, Tomo 3-A, con actualización ante el Registro Mercantil Primero del estado Carabobo, .....