Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
ÚNICO: JUSTO TÍTULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD a favor del ciudadano EMILIO SANTOS CALDAS, venezolano mayor de edad identificado con la cedula de identidad V-5.433.368, domiciliado en Barquisimeto, estado Lara sobre las mejoras y bienhechurias fomentadas sobre un lote de terreno denominado "EL CORAJE", ubicado en el sector El Salao, parroquia Tocuyo de la Costa, municipio Monseñor Iturriza del estado Falcón, constante de una superficie aproximada de TRESCIENTAS TREINTA Y UN HECTÁREA CON TRES MIL OCHOCIENTOS TRECE METROS CUADRADOS (331 Has, con 3813 m²) alinderado de la siguiente manera: NORTE: Terreno ocupado por Julio Peraza y Agropecuaria El Yaure; SUR: Terrenos ocupados por Julio Peraza y principal el sector El Salao; ESTE: Terreno.....