En atención a todas las anteriores consideraciones, este Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la medida de secuestro pretendida por el accionante, ciudadano JORGE LUIS FERRER PETIT, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Número 10.457.000 y domiciliado en la ciudad de Puerto Cumarebo, Municipio Zamora del Estado Falcón en su carácter de apoderado del ciudadano ANGELO DE JESÚS MAZZOCCA MEDINA, venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Número 10.916.759 debidamente asistido por el abogado JAIME ALEXANDER REYES, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Número 30.776, sobre un lote de terreno denominado LA ELVIREÑA, ubicado en el sector Maicillal, Municipio Jacura del Estado Falcón, constante de una superficie aproximada de TRESCIENTAS HEC.....