PRIMERO: LA EXTINCIÓN del presente juicio por ACCIÓN REIVINDICATORIA incoado por el abogado JULIO GONZALEZ ACOSTA, inscrito en el Instituto de Previsión del Abogado bajo el Número 184.833 en su condición de coapoderado judicial del ciudadano RONNY ALEXANDER GARCIA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Número 11.141.510 y domiciliado en la avenida Roosevelt de la ciudad de Santa Ana de Coro del Estado Falcón, en contra de los ciudadanos NARCISO ZUÑIGA y NESTOR CONTRERAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédulas de Identidad Números 24.633.969 y 25.833.407 respectivamente, domiciliados en el sector Casa E Zinc, Parroquia Tocuyo de la Costa, Municipio Monseñor Iturriza del Estado Falcón, a tenor de lo dispuesto en el artículo 223 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario en concordancia con la parte in fine del artículo 187 ejusdem. Y así se decide.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas en virtud a la naturaleza de la presente decisión. Y así se deci.....