Este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLÍVAR Y SUCRE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, de conformidad con el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y en acatamiento a lo establecido en la RESOLUCIÓN N°. 2009-0006 de FECHA 18-03-2.009 dictado por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia y publicado en la GACETA OFICIAL de la REPUBLICA BOLIVARIANA de VENEZUELA N°. 39.152 de Fecha 02-04-2.009, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros DECLARA TITULO SUPLETORIO de PROPIEDAD a favor de la Ciudadana: MARIA ELENA DUNO, venezolana, mayor de edad, soltera, comerciante, domiciliada en el Sector El Cacuro de la Ciudad de Churuguara, Parroquia Churuguara, Municipio Federación, Estado Falcón, titular de la Cédula de Identidad Personal Nº. 14.695.405, sobre unas bienhechurias constituida por UNA CASA de paredes de bahareque, techo de zinc, piso rustico, dos (02) habitaciones, un.....