´D E C I S I O N:
Es por estos razonamientos que este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PAEZ Y ARAURE DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de divorcio presentada por la ciudadana: SANDY CAROLINA GONZALEZ TOYO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.486.345, domiciliada en el Barrio Las Delicias, calle 2, casa N° 12 de la ciudad de Acarigua, Municipio Páez Estado Portuguesa; debidamente asistida en este acto por el Abogado en ejercicio JOSE GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-18.832.607 e inscrito en el Instituto de Previsión del Abogado bajo el número 248.112; de conformidad con lo establecido en el articulo 185 del Código Civil y en concordancia con la sentencia N° 1070 dictada con carácter vinculante por la Sala Constituci.....