D E C I S I O N:
Es por estos razonamientos que este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PAEZ Y ARAURE DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de divorcio presentada por los ciudadanos por los ciudadanos CARLOS ALBERTO SUAREZ VALERA y MARYURI LISETT URRUEGO CHONA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad números V-16.408.591 y V-12.090.276, respectivamente, el primero con domicilio en la urbanización los Robles 1, calle 5 casa N° 227-A de la ciudad de Araure, Municipio Araure, estado Portuguesa y la segunda con domicilio en Urbanización El Pilar, calle principal, Los Chaguaramos, conjunto residencial Villas Del Pilar, apartamento numero 3, de la ciudad de Araure, Municipio Araure, estado Portuguesa; debidamente asistidos en este acto por la Abogada MONICA FANZUTTO DIAZ, vene.....