En atención a las consideraciones antes expuestas, atendiendo a los hechos particulares del caso de autos y al derecho aplicable, este Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bolívar y Mejía del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Con Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda que por Fijación de Obligación de Manutención, intentada por la ciudadana: CRUZDEINY YINORKA GONZÁLEZ SERRADA, venezolana, soltera, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 30.143.540 contra el ciudadano: MIGUEL ERNESTO MÁRQUEZ YSASIS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-26.109.579. En consecuencia deberá imperativamente cumplir como aporte de obligación de manutención para contribuir a la satisfacción de las necesidades de su hijo, con lo siguiente:
PRIMERO: El progenitor ciudadano: MIGUEL ERNESTO MÁRQUEZ YSASIS, vene.....