En la demanda de nulidad, interpuesta por la Sociedad Mercantil DOBLE RA, C.A, inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, bajo el Nº 167, Tomo 1 Adicional 3, de fecha 17 de marzo de 1994, contra la COMISIÓN NACIONAL DE CASINOS, SALAS BINGO Y MÁQUINAS TRAGANÍQUELES, este Juzgado Nacional Primero de lo Contencioso Administrativo dictó sentencia definitiva mediante la cual declaró la PÉRDIDA DEL INTERÉS y en consecuencia la EXTINCIÓN DEL PROCESO en la presente demanda por nulidad, interpuesta por la abogada Loida Marcano de Díaz, actuando como apoderada judicial de la Sociedad Mercantil DOBLE RA, C.A, y ORDENO EL CIERRE del cuaderno separado abierto en virtud de la solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos, realizada por la parte actora.