´Se dictó y se publicó decisión mediante la cual el Juzgado Nacional Primero declaró: 1. La PÉRDIDA DEL INTERÉS PROCESAL, LA EXTINCIÓN DEL PROCESO en el presente recurso de apelación. 2. FIRME la sentencia dictada en fecha 29 de julio de 2010, por el hoy Juzgado Superior Estadal Noveno Contencioso Administrativo de la Región Capital.´