Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Nacional Segundo Contencioso Administrativo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: 1.- La NULIDAD del auto de fecha 1° de febrero de 2022, así como todas las subsiguientes actuaciones. 2.- Se ORDENA a la Secretaría de este Juzgado Nacional Segundo fijar nueva oportunidad para que tenga lugar la Audiencia de Juicio en la presente causa, previa notificación de las partes.