En fecha 1 de junio de 2023, este Juzgado de Sustanciación dicto sentencia mediante el cual declaró: 1. COMPETENTE al Juzgado Nacional Primero Contencioso Administrativo de la Región Capital para conocer de la presente causa; 2. Se ADMITIÓ la presente demanda; 3. ORDENÓ notificar al FISCAL GENERAL DE LA REPÚBLICA, al SERVICIO AUTÓNOMO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL (SAPI) y a la PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA,4. ORDENÓ notificar mediante boleta al ciudadano FÉLIX EDUARDO ESPINOZA ZAPATA en su condición de tercero interesado en la presente causa; Asimismo ORDENÓ COMISIONAR amplia y suficientemente al JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE ANZOÁTEGUI 5. INSTÓ a la parte demandante consigne los fotostatos requeridos para notificar al Fiscal General de la República y al Procurador General de la República;6. ORDENÓ solicitar el expediente administrativo de la presente causa al SERVICIO AUTÓNOMO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL.....