Se registró y publicó decisión en la cual este Juzgado de Sustanciación del JNSCARC, Se pronunció sobre el escrito de pruebas presentado en la Audiencia de juicio celebrada en fecha 06 de julio de 2022, por los abogados FERNANDO JAVIER DELGADO RIVAS y KATHLEEN BARRIOS BALZÁN Y, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 235150 y 246.803 respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de la sociedad mercantil RELIGIOUS TECHNOLOGY CENTER, identificada en autos parte recurrente en la DEMANDA DE NULIDAD interpuesta, contra el SERVICIO AUTÓNOMO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL (SAPI). En consecuencia, se ADMITIÓ la prueba denominada "DOCUMENTAL"; finalmente se ORDENÓ notificar a la Procuraduría General de la República, esta última conforme al art. 98 del Decreto Ley que rige sus funciones, transcurrido dicho lapso y él de evacuación se remitirá al JNSCARC, conforme al art. 85 de la LOJCA.