En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este Tribunal Segundo de Primera Instancia Penal en función de Control de la Circunscripción Judicial Penal del estado Falcón, PRIMERO: declara CON LUGAR, la solicitud de devolución de vehículo interpuesta por el ciudadano Ovidio José Gutiérrez Gutiérrez, cédula de identidad V-13.616.483, asistido por el abogado Laemir Mass Colina, y en consecuencia, se ordena a su favor la entrega del vehículo CLASE: AUTOMÓVIL, USO: PARTICULAR, TIPO: SEDAN, AÑO: 2002, MODELO: NEON, PLACAS: PAI-31F, MARCA: CHRYSLER, COLOR: ROJO, SERIAL CARROCERÍA: 8Y3HS46C221103598, SERIAL MOTOR: 4 CILINDROS, en Guarda, Custodia, Uso y Mantenimiento, con la PROHIBICIÓN EXPRESA DE TRASPASARLO, VENDERLO, GRAVARLO O ENAJENARLO, y en fin, cualquier otro acto que implique o comporte la transmisión del derecho que sobre el bien aquí se le reconoce. SEGUNDO: Se le impone la obligación de presentar dicho bien mueble las veces que este órgano jurisd.....